Reglamento General, CAPÍTULO II: INSCRIPCIONES
Participantes
18) La participación en los Juegos Regionales está abierta únicamente a los atletas que residan en los cantones que se hayan inscrito para participar en ellos. Por tanto, no se aceptará la participación de atletas que residen fuera de esos cantones ni de agrupaciones deportivas que no tengan la sede en ellos, a menos que se les gire una “invitación especial”. En cuanto a los miembros de los cuerpos técnicos, no existe ninguna restricción con respecto a su residencia.
Costo de la inscripción
19) No se cobrará ninguna cuota de inscripción.
Requisitos generales de inscripción
20) Los atletas deben cumplir con los siguientes requisitos de inscripción:
20.1 Residir en uno de los cantones inscritos en los Juegos, debiendo cumplirse con lo dispuesto en los artículos 18, 24 y 25 de este reglamento.
20.2 Estar incluido en el formulario colectivo que se debe entregar a más tardar el día en que vence la inscripción del respectivo deporte, con todos los espacios debidamente llenos, con la firma de los miembros de los cuerpos técnicos y con la firma de visto bueno del respectivo CCDR. Es importante que en dicho formulario se indique claramente el número del documento de identidad personal, el cual debe tener fotografía y la indicación de la fecha de nacimiento, tales como tarjeta de menor, cédula de identidad, pasaporte, licencia de conducir, carné deportivo oficial, carné académico oficial u otro con fotografía.
20.3 Presentar, junto con el formulario colectivo, el formulario de inscripción individual (“Inscripción y declaración jurada”), debidamente lleno y firmado por el atleta (y el encargado legal, en el caso de menores de edad). El número de documento de identificación personal incluido en este formulario individual debe coincidir plenamente con el número de identificación incluido en el formulario colectivo.
20.4 No se aceptarán inscripciones de atletas que no presentan formulario de inscripción individual, en que haya discrepancias de datos en relación con el formulario colectivo, en que haya casillas sin datos o en que falte la firma del atleta y/o encargado/a legal.
20.5 Cumplir con los requisitos de edad en la categoría en que se inscriben y con todos los demás establecidos para actividades deportivas específicas.
21) Los inscritos participan en los Juegos Regionales bajo su propia responsabilidad. Por lo tanto, ni los comités cantonales de deportes y recreación de Escazú, Santa Ana, Mora, Puriscal y Acosta, ni la Comisión Organizadora de los Juegos ni las diferentes instancias que toman parte en la realización y organización de ellos se harán responsables de los accidentes que puedan ocurrir en el transcurso de las competencias y demás actividades de los Juegos.
22) Los participantes tienen derecho a inscribirse en un máximo de cuatro disciplinas deportivas. Sin embargo, la Comisión Organizadora, la Comisión Técnica y demás instancias involucradas en la organización de los Juegos no se hacen responsables de los choques de calendario que puedan surgir entre las competencias de los diferentes deportes.
23) En el marco de una disciplina deportiva específica, además de participar en la categoría en que están inscritos, los atletas podrán actuar como refuerzos en la categoría inmediata superior.
Residencia
24) Los atletas podrán inscribirse sin restricción alguna para representar al cantón en que residen, siempre y cuando cumplan con los requerimientos indicados en el artículo 20) de este reglamento.
25) En deportes individuales, se aceptará un máximo de dos atletas no residentes en el cantón que los inscribe, quienes, sin embargo, deberán residir en uno de los cantones que participan en los Juegos. En deportes colectivos (baloncesto, fútbol, fútbol sala y voleibol), se aceptará en cada equipo (categoría) un máximo de dos atletas no residentes en el cantón que los inscribe, quienes, sin embargo, deberán residir en uno de los cantones que participan en los Juegos.
Espíritu de juego limpio
26) Todo participante en los Juegos, sea dirigente, entrenador, atleta, etc., deberá hacer gala del espíritu de juego limpio, comportamiento leal y respeto a los contrarios, jueces, dirigentes, espectadores, etc., tanto en las competencias como fuera de estas. De lo contrario se le aplicará el reglamento de sanciones.
Inscripción de agrupación deportiva
27) Las agrupaciones que participen en los Juegos en disciplinas colectivas (baloncesto, fútbol, fútbol sala y voleibol) deben oficializar su inscripción mediante el formulario “Inscripción de deportes colectivos”. En lo tocante a disciplinas deportivas individuales (a jedrez, atletismo, ciclismo de montaña, ciclismo de ruta, judo, karate, natación, taekwondo y tenis de mesa), se deberá llenar el formulario “Inscripción de deportes individuales”. Los formularios deberán ser entregados debidamente llenos y en las fechas estipuladas para ello a la Comisión Organizadora o a la persona/entidad que dicha comisión haya acordado que sean entregados. NO se aceptarán inscripciones después de esas fechas estipuladas.
28) Recibidos los formularios, la Comisión Organizadora o la persona/entidad que los recibe indicará en ellos la fecha de recepción y los trasladará a la Comisión de Revisión de Inscripciones, para que esta los revise y autorice la inscripción de los atletas que cumplen con todos los requisitos de inscripción. En el caso de inscripciones incompletas (falta de fotocopia de documento de identidad, falta de firmas, etc.), se dará un día hábil para que el respectivo comité de deportes cumpla con todos los requisitos.
Inscripciones adicionales y desinscripciones
29) Una vez entregada la lista de atletas y miembros del cuerpo técnico a la Comisión Organizadora, no se aceptarán inscripciones adicionales ni desinscripciones.
Revisión de oficio de las inscripciones
30) La Comisión Organizadora y/o la Comisión Disciplinaria podrán revisar de oficio o por solicitud de una agrupación, en cualquier momento del proceso de los Juegos, cualquier inscripción que haga surgir la sospecha de residencia fraudulenta, edad alterada, documento falsificado o alterado, firma falsa, suplantación de identidad o cualquier otro tipo de irregularidad, para lo cual podrá llevar a cabo todas las investigaciones que considere necesarias en busca de elementos probatorios que desvirtúen los aportados en las inscripciones. En caso de resolución fundada, la Comisión Disciplinaria excluirá al inscrito de los Juegos e impondrá las sanciones que correspondan no solamente al atleta, sino también a los entrenadores y dirigentes deportivos de los cuales se compruebe su participación directa o facilitación de la puesta en práctica de la irregularidad.
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