Multas de ¢227.000 |
Conducción temeraria:
- Manejar borracho
- Bajo efecto de drogas
- A velocidad superior a 120 Km
- Rayar en curva
> Reforma el 129 y pasa a ser el 130 de la Ley de Tránsito y pierde los 50 puntos. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Manejar sin haber obtenido licencia o con licencia suspendida > Reforma el 129 y pasa a ser el 130 de la Ley de Tránsito y 25 puntos menos. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Camiones que transportan materiales peligrosos que no cumplan regulaciones > Reforma el 129 y pasa a ser el 130 de la Ley de Tránsito y 25 puntos menos. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Cuando menores viajen sin cinturón o sin cascos, en el caso de motos y bicimotos > Reforma el 129 y pasa a ser el 130 de la Ley de Tránsito y pierde los 50 puntos . Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Taxista ‘pirata' > Reforma el 129 y pasa a ser el 130 de la Ley de Tránsito y 25 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
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Multas de ¢170.250 |
> Conducción temeraria B:
- 20 km sobre el límite de velocidad
- A más de 25 Km frente a una escuela
> Reforma el 130 y pasa a ser el 131 de la Ley de Tránsito y 20 puntos menos en la licencia . Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Hablar por celular y manejar > Reforma el 130 y pasa a ser el 131 de la Ley de Tránsito y 20 puntos menos en la licencia . Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Dar vuelta en ‘U' > Reforma el 130 y pasa a ser el 131 de la Ley de Tránsito y 10 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Subir pasajero en zona no autorizada > Reforma el 130 y pasa a ser el 131 de la Ley de Tránsito y 20 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Irrespetar señales de tránsito y luz roja de un semáforo
> Reforma el 130 y pasa a ser el 131 de la Ley de Tránsito y 25 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Si al virar en intersección, conductor no cede paso a peatones en calzada > Reforma el 130 y pasa a ser el 131 de la Ley de Tránsito y 25 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Conducir un vehículo con placas que no corresponden > Reforma el 130 y pasa a ser el 131 de la Ley de Tránsito y 20 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> No usar cinturones de seguridad. > Reforma el 130 y pasa a ser el 131 de la Ley de Tránsito y 20 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> No usar cascos. > Reforma el 130 y pasa a ser el 131 de la Ley de Tránsito y 20 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
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Multas de ¢113.500 |
> Rayar en zona prohibida > Reforma el 131 y pasa a ser el 132 de la Ley de Tránsito y 15 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Al motociclista que circule por la calzada > Reforma el 131 y pasa a ser el 132 de la Ley de Tránsito y 15 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Vehículos modificados o alterados > Reforma el 131 y pasa a ser el 132 de la Ley de Tránsito y 15 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Obstruir el paso en una intersección > Reforma el 131 y pasa a ser el 132 de la Ley de Tránsito y 15 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Mal uso de las luces > Reforma el 131 y pasa a ser el 132 de la Ley de Tránsito y 15 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Conducir en la playa > Reforma el 131 y pasa a ser el 132 de la Ley de Tránsito y 15 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Carro sin revisión técnica > Reforma el 131 y pasa a ser el 132 de la Ley de Tránsito y 15 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Conductor que transporte desechos y los arroje a la vía pública o derecho de vía > Reforma el 131 y pasa a ser el 132 de la Ley de Tránsito y 15 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Vehículo sin placas > Reforma el 133 y pasa a ser el 134 de la Ley de Tránsito y 15 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Al taxista que cobre una tarifa mayor de la autorizada > Reforma el 131 y pasa a ser el 132 de la Ley de Tránsito y 15 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Motociclista sin chaleco reflectivo > Reforma el 132 y pasa a ser el 133 de la Ley de Tránsito ¢90.800 y 10 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Taxistas malhumorados o que no ande maría. > Reforma el 132 y pasa a ser el 133 de la Ley de Tránsito y 10 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Daño a señales de tránsito > Reforma el 132 y pasa a ser el 133 de la Ley de Tránsito No aplica |
> Quien cierre una vía o le dé un uso indebido > Reforma el 132 y pasa a ser el 133 de la Ley de Tránsito No aplica |
> Daños en la vía > Reforma el 132 y pasa a ser el 133 de la Ley de Tránsito No aplica |
> Vehículo sin parabrisas, visibilidad obstruida o problemas con polarizado > Reforma el 132 y pasa a ser el 133 de la Ley de Tránsito y 10 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Exceso de pasajeros > Reforma el 132 y pasa a ser el 133 de la Ley de Tránsito y 10 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Vehículo mal estacionado > Reforma el 132 y pasa a ser el 133 de la Ley de Tránsito y 10 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
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Multas de ¢ 68.100 |
> No guardar la distancia > Reforma el 133 y pasa a ser el 134 de la Ley de Tránsito y 5 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Conducir con licencia vencida > Reforma el 133 y pasa a ser el 134 de la Ley de Tránsito y 5 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Conducir vehículo alterado en sus condiciones sin reportar a la autoridad > Reforma el 133 y pasa a ser el 134 de la Ley de Tránsito y 5 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
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Multas de ¢45.404 |
> No portar documentos > Reforma el 134 y pasa a ser el 135 de la Ley de Tránsito No contemplado |
> Al conductor de bus o taxi que maltrate al usuario > Reforma el 134 y pasa a ser el 135 de la Ley de Tránsito y 10 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Al peatón que no cruce o transite por las zonas destinadas para él > Reforma el 134 y pasa a ser el 135 de la Ley de Tránsito No aplica |
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Multas de ¢22.700 |
> Altoparlantes > Reforma el 135 y pasa a ser el 136 de la Ley de Tránsito y 10 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Evadir el peaje > Reforma el 135 y pasa a ser el 136 de la Ley de Tránsito No contemplado |
> Utilizar sirenas o señales rotativas > Reforma el 135 y pasa a ser el 136 de la Ley de Tránsito y 10 puntos menos en la licencia. Establecido en artículo 71 bis de Ley de Tránsito |
> Infringir la restricción vehicular > Reforma el 135 y pasa a ser el 136 de la Ley de Tránsito No contemplado |